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Media sanción al proyecto de ley que declara de interés provincial el Programa de Control de Lobesia Botrana

Media sanción al proyecto de ley que declara de interés provincial el Programa de Control de Lobesia Botrana


14 de Junio, 2018

Fuente: Prensa Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, dio  sanción inicial al proyecto remitido por el Poder Ejecutivo por el que se declara de interés provincial el Programa de Control y Erradicación de la Lobesia Botrana (polilla de la vid). Se busca intervenir rápidamente con el objetivo de reducir la presión de plaga en todos los oasis productivos de la provincia.

En el articulado, se establece que la autoridad de aplicación será el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN) en el marco del Programa Control y Erradicación de Lobesia Botrana, quien podrá delegar las facultades conferidas en otros organismos e instituciones, a través de la firma de convenios específicos para tal fin, a fin de asegurar el cumplimento en los tiempos que se requiere.

Esta autoridad de aplicación diseñará y presupuestará, anualmente, el programa de intervención con el objetivo de reducir la presión de plaga en todos los oasis productivos de la Provincia, hasta alcanzar la erradicación de la misma. El programa será elaborado con la participación de los especialistas representantes de cada una de las entidades del sector privado de Mendoza que son miembros del Comité Técnico Asesor, remarca la norma.

En materia presupuestaria, se establece, a su vez, que el programa anual de intervención recibirá los aportes del presupuesto que el Gobierno Nacional asigne, más el presupuesto que destine el Gobierno provincial, y los montos recaudados en concepto de contribución obligatoria especial de los productores vitícolas radicados en la Provincia de Mendoza, se subraya.

Sobre este caso, un punto que se incorporó a la media sanción es el referido al que todos aquellos recursos o aportes adicionales que se obtengan para financiar el programa anual de intervención se destinaran a reducir el aporte establecido por los productores.

Asimismo, el artículo 5 de la norma recibió aportes referidos a la superficie cultivada. Indica el mismo: Establécese una contribución obligatoria especial a cargo de todos los productores vitícolas radicados en la Provincia de Mendoza registrados en el Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.N.V.), por la superficie productiva cultivada con vid que supere las 10 hectáreas. Para tal efecto serán identificados con su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

Esa contribución obligatoria especial, se establece, para el año 2018, en $1.500 (pesos mil quinientos) por hectárea; monto que será actualizado anualmente por Ley Impositiva, en función de la evolución de costos asociados al programa anual que prevea el ISCAMEN y de los aportes que hayan sido previstos en los presupuestos de gastos de los Gobiernos Nacional y Provincial.

Asimismo, la iniciativa remarca que el pago de la contribución no exime al productor vitícola de realizar los tratamientos sanitarios contra Lobesia Botrana que le exija la autoridad sanitaria nacional y/o provincial. También se resalta que el ISCAMEN podrá delegar las facultades de emisión, distribución y cobro de la Boleta de Pago correspondiente a la Contribución Obligatoria Especial al Departamento General de Irrigación. Esa contribución será destinada a financiar, únicamente, la adquisición de insumos y servicios que demande el programa anual definido, subraya.

Por otra parte, artículos referidos a la recaudación de la contribución, se establece que todos los establecimientos vitivinícolas radicados en Mendoza e inscriptos en el ámbito del I.N.V. serán agentes de retención y responsables de depositar los fondos correspondientes a la contribución obligatoria especial de aquellos productores vitícolas que no hayan cumplimentado su obligación, al momento de adquirir la uva o los productos vitivinícolas elaborados por cuenta de terceros o a maquila.

Una de las incorporaciones que se realizó al expediente es aquella que expresa que para el caso de los productores vitícolas en estado de emergencia o desastre agropecuario se encontrarán eximidos parcial o totalmente del pago de la contribución obligatoria especial definida en la presente ley, en concordancia con lo que establece la Ley Nº 4304 y su reglamentación.

Del mismo modo, se indica en la norma que los recursos asignados para el financiamiento del programa no estarán gravados con ningún tipo de impuesto o tasas provinciales; también afirma que si hubiera fondos de aportes públicos o privados remanentes, luego de cerrado el programa anual, los mismos quedarán afectados e integrarán automáticamente el presupuesto del programa del año siguiente.

La norma establece que el Poder Ejecutivo reglamentará todos los aspectos tendientes a la ejecución de las disposiciones de esta ley en un plazo no mayor de TREINTA (30) días, contados desde la publicación en el Boletín Oficial del decreto de promulgación.

Del mismo modo, la iniciativa tendrá un plazo de duración de DOS (2) temporadas agrícolas y se faculta al Poder Ejecutivo, en función de los resultados obtenidos y previo dictamen del comité técnico científico, a extender su vigencia por una temporada más.

También se establece que con el objeto de contribuir al sostenimiento del programa de intervención, la autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación un mecanismo para posibilitar los aportes voluntarios, por parte de los establecimientos vitivinícolas u otro actor de la cadena productiva no alcanzados por la contribución obligatoria especial

Finalmente, la Autoridad de aplicación deberá informar anualmente a la Honorable Legislatura Provincial los resultados y la evolución del Programa de Control y Erradicación de Lobesia Botrana, una vez finalizada la vendimia de cada año.

Durante el debate, desde el oficialismo, Jorge López expresó que en la tarea de dar lucha a esta plaga se dispuso una mesa de diálogo para evaluar esta propuesta del gobierno, y tener de parte de las instituciones una devolución.

Además señaló que hay un profundo respaldo a esta lucha y a este Programa que se viene desarrollando en sintonía con el gobierno nacional, pero también nos encontramos con imposibilidades de índole presupuestaria y por lo tanto necesitamos de la cooperación del sector privado.

Al referirse a los acuerdos alcanzados para realizarle aportes a la iniciativa, López explicó que a diferencia de la redacción anterior que se refería a quienes tenían más de 5 hectáreas, se eleva este piso a aquellos productores que posean una superficie cultivada por más de 10 hectáreas (más de 70% de los productores). En la reunión de ayer se avanzó en acuerdos, se eleva a 10 hectáreas como límite imponible. A partir de las 10 hectáreas cultivadas de vid, deberá hacer la contribución por el excedente, dijo López.

Desde los distintos bloques  opositores, coincidieron en que es necesario que el gobierno nacional cumpla con la  ley vigente, que establece el aporte de dinero para el control de la plaga y afrontar los costos de los tratamientos fitosanitarios para el sector.

Asimismo, hicieron hincapié en que el proyecto avanza  sobre el eslabón más débil, que es el productor